JOSÉ NARCISO ROBLES ORANTOS
Osma. Preciado. Domínguez.
Amarilla. Tovhar. Ginetero.
Ante mi: Vicente Pardo del Pilar.
Título: Sobre nieve.
Autor: Ayuntamiento de Alburquerque.
Publicación: 1779, mayo.
Procedencia: Archivo Histórico Municipal de Alburquerque.
Tipo de publicación: Actas de sesión de ayuntamiento.
Materia / geográfico: Alburquerque (Badajoz) -Historia.
Autores secundarios: Vicente Pardo del Pilar, escribano.

Antes de abordar el análisis del documento que presentamos este mes, hagamos un breve recorrido por la historia de tal edificio, con el fin de dotarlo del contexto necesario para una mejor comprensión de las normas que regían su explotación.
Año 1509, D. Francisco Fernández de la Cueva y Mendoza, II duque de Alburquerque, mediante carta beneficio fechada en 8 de septiembre de ese año, concedía a los habitantes de la Codosera permiso para construir molinos harineros, de aceite, batanes… en un intento de atraer población a estas peligrosas tierras de frontera, privilegios que, con el mismo propósito, hizo extensibles a nuestra villa. –Aunque no hemos localizado ningún documento que lo recoja, realizando un paralelismo con el duque de Béjar, quien los había mandado construir y explotar en las sierras de sus dominios, proponemos que, en algún momento, el duque gobernante debió añadir un pozo de enterrar nieve a los anteriores beneficios para Alburquerque, aprovechando las favorables condiciones que su elevada ubicación ofrecían al lucrativo negocio del hielo, que ya venía despuntando desde hacía algunas décadas–. Ahora bien, su construcción debemos situarla en una fecha posterior a 1575. El profesor Alfonso Sánchez Silva, en su trabajo “Rentas señoriales de las villas extremeñas, de Alburquerque y la Codosera” incluye una pormenorizada relación de los ingresos del ducado correspondientes a los ejercicios de 1574 y 1575, ninguno procedente del negocio de la nieve – nada podía construirse ni explotarse sin su permiso y a él debían reportar las cuotas establecidas para cada negocio o industria–. Esto nos lleva hasta el gobierno del IV duque, D. Beltrán de la Cueva y Castilla, que se extendió desde 1571 a 1612, intervalo en el que proponemos su fábrica.

Las incursiones portuguesas de 1643 y 1644, en el contexto de la guerra de restauración, afectaron principalmente a nuestra villa y su comarca, arrasando, entre otras muchas cosas, la documentación obrante en las fábricas de las iglesias. Entre los destruidos papeles de San Mateo, como el propio mayordomo de su fábrica –Juan Balthasar Pedrero Mangas– se lamentaba en la escritura de venta otorgada en favor del ayuntamiento en 1778, figuraba la cadena de títulos de propiedad que había seguido el pozo hasta llegar a manos de esta iglesia. No le queda más remedio que fiarla al relato oral.

Archivo Histórico Provincial de Badajoz. Escribano Vicente Pardo del Pilar. Año 1778. Caja 4838.
Dice el documento: “… sin tener dicha fábrica otro título de su pertenencia que la noticia de haberse venido de unos en otros pertenecerle, y un libro que, sin embargo, de las Guerras del anterior siglo y de este presente en que padeció esta Plaza las hostilidades de las dos guerras con Portugal, en que se devoraron los más de los papeles de archivos…”
Por otra parte, aunque la primera noticia de tal posesión se localiza en 1778, cuando así lo esgrime San Mateo al dirigirse al ayuntamiento –que ya en 1773 andaba buscando a su propietario para comprarlo– podemos afirmar que formaba parte de sus bienes, al menos, desde la fecha de la primera incursión portuguesa, en 1643, donado, posiblemente, por algún apellido ilustre de la villa con el fin de crear la correspondiente capellanía y dotarla de rentas suficientes como para asegurarse el acomodo de su alma a base de misas perpetuas. Las iglesias no promovían ni construían; se dedicaban a administrar y rentabilizar los muchos bienes que, por esa u otras vías, les acababan llegando.
En 1716, cuando los portugueses abandonan Alburquerque, tras 11 años de posesión a resultas de nuestra guerra de sucesión, se aseguran de arruinar todo aquello de valor que no pueden llevarse consigo. El pozo lo es, por lo que, muy probablemente, corriese tal suerte. Seis décadas más tarde, tanto el ayuntamiento, en 1773, como la propia iglesia de San Mateo, en 1778, reconocían en los citados documentos que el pozo se encontraba arruinado desde tiempo inmemorial sin reportar beneficio alguno al común.
Será en octubre de este último año y por 600 reales de vellón, sacados de la caja de propios y arbitrios, cuando el ayuntamiento adquiera la propiedad de tan deseada construcción. Sin embargo, para disponer de estos fondos, habría de pedir previamente autorización al Real y Supremo Consejo de Castilla, ya que, –recordémoslo aquí– desde la compra del impuesto de las alcabalas, en 1629, las cantidades de propios estaban hipotecadas a favor del censualista, quienes habían prestado el dinero al municipio para tal adquisición, nombrando, a la vez, un administrador que se asegurase de cobrar de esa caja los intereses del préstamo e ir amortizando el principal.
Si bien se describía como ruinoso el estado del pozo, no parece que hubiese alcanzado tal deterioro. Apenas tres meses después, en enero de 1779, el maestro alarife, Francisco Galván, completaba las obras necesarias para ponerlo en corriente, eliminando los depósitos que lo cegaban e impedían su drenaje y reconstruyendo la bóveda de rosca a base de ladrillos, y el 29 de mayo del mismo año se dictaban las reglas por las que se había de regir su actividad y administración y que, ahora sí, pasaremos a analizar detenidamente. –No volveremos a tener noticias del pozo hasta el 26 de septiembre de 1822, cuando el ayuntamiento anuncia que alguien pretende comprarlo por 5.000 reales, siendo esta la última referencia documentada que lo menciona–.

Para llevarlo a cabo hemos dividido en documento en tres partes:
CONTABILIDAD
“…el Sr. Capitular que precisamente ha de asistir semanalmente al despacho, ha de llevar cuenta igual con el nombrado, de la que se venda con la distinción prevenida, que se cotejarán al tiempo de la entrega de maravedíes al depositario: que se haga un cuaderno separado que se fabricará para ponerse en él, cada semana, la cuenta de lo que produzca en ella, que se pondrá en el arca pequeña que está en la sala capitular, y concluida la operación se cotejará este asiento con el semanal que cada uno de los señores capitulares tenga de las que haya asistido…”
Es decir, un cuaderno único con el total de la venta semanal que elaboraría el nombrado –se refiere aquí al funcionario designado para llevar la cuenta de la nieve vendida– y otros tantos, como señores capitulares haya dedicados a este fin, en el que cada uno registre las operaciones realizadas bajo su supervisión. La suma de dichos cuadernos tendría que coincidir con el total reflejado en el cuaderno único del arca y en ellos se anotaría la cantidad, importe y nombre de la persona a la que se le vendía. El dinero así obtenido sería entregado a un depositario nombrado a tal efecto.
TASAS Y ADUANAS
“…y en atención a que ignorando la venta el derecho que su Majestad tiene cargado generalmente sobre la libra de nieve, que son dos maravedíes, se acordó que para sufragar este derecho se venda cada libra por diez maravedíes cobrados por su venta por menor, que la que se venda por mayor a forasteros a once reales de vellón la arroba, y se le prevenga la obligación que tiene de pagar los derechos que correspondan a su Majestad por cada una, trayendo antes de su pesaje papeleta del caballero administrador de aduanas de esta villa que acredite haberle pagado los correspondientes derechos a las arrobas que haya de llevar sin cuya circunstancia no se le despachará…” [1 ducado = 11 reales = 375 maravedíes. Una libra = 454 gr. Una arroba = 11,34 Kg. = 25 libras.]
Junto al tabaco, la sal y los naipes, la nieve llegó a ser considerada un producto de lujo, por ello, a los beneficios procedentes de su comercio se les conocía como rentas estancadas. Su explotación estaba sometidas al monopolio real, que controlaba el abastecimiento, fijaba los precios y concedía las licencias a particulares o instituciones ejerciendo el control necesario para impedir su libre venta en el mercado.
Los impuestos más importantes fueron el quinto real y el arbitrio municipal. Su recaudación se realizaba fundamentalmente a través del arrendamiento, realizando el recaudador un asiento con la Real Hacienda que le proveía de un documento oficial autorizándole a la cobranza de dicho impuesto –carta de recudimiento–.
Estos asientos se realizaron hasta 1761 en que cesan las rentas por arrendamiento y se pasan a administrar directamente por cuenta de la Real Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas. El quinto se correspondía a la fracción que indica su nombre sobre el precio total de la venta. En cuanto al arbitrio municipal se estima en torno a 4 maravedíes por libra. [Pilar Corella “La renta de la nieve y del hielo en Toledo”] y era grabado y cobrado directamente por los municipios.
Las aduanas se establecieron para controlar el comercio entre los diferentes reinos y señoríos –aduanas internas– o entre países –aduanas de frontera– limitando, a conveniencia, el flujo de mercancías que salían o entraban. Alburquerque, por su condición fronteriza, contaba con ambos sistemas de fiscalización, siendo lugar de paso de muchos de los productos que, desde Castilla, se enviaban a Portugal y de aquellos que hacían el camino inverso. En tiempos del ducado se alternó su gestión entre los vecinos que mejor postura hubiesen presentado, quedándose estos, a cambio, con los derechos de aduana establecidos para cada mercancía y el propio duque que lo hacía a través de su mayordomo.

A PIE DE OBRA
“…Y conociendo el trabajo e incomodidades que trae el despacho de dicha nieve, se le señala por premio mensual a Francisco Galván noventa reales cada mes de los que se ocupe en dicho despacho de cortarla pesarla y llevarla la cuenta como está prevenido en los anteriores, y se le hará saber este acuerdo para su inteligencia y también de la que se ha de hacer cargo, como hasta ahora, de lo que produzca la vendida a forasteros, poniendo su impuesto en poder del mayordomo de propios por semanas, sacando las correspondientes recibos de sus entregas para poderle formar el cargo a dicho mayordomo…”
Volvemos a encontramos con el maestro alarife, Francisco Galván, que tras reparar el pozo ha sido designado por el ayuntamiento para el despacho de la nieve, quizás por la rapidez y bondad de la obra realizada, quizás por las buenas cualidades que presenta para este negocio y así se lo reconoce la corporación de palabra y obra asignándole un salario mensual de 90 reales. No es para menos pues, a la penosa actividad física ha de sumar una delicada contabilidad que ha de coincidir con la llevada a cabo por los señores capitulares del ayuntamiento.
Estanco vs Abasto. Conclusión.
Una vez que la población se asienta en núcleos urbanos, grandes o pequeños, la necesidad de proveer los productos primordiales necesarios para su vida diaria pasa a ser compartida por los ayuntamiento y gobernantes de estas localidades, quienes tienen que afrontar los problemas de su provisión, transporte y distribución. Se hacía preciso asegurar el abasto de carne, pescado, aceites, jabón… y para conseguirlo, los municipios nombraban cada año un obligado siguiendo un definido proceso. Hablamos de los conocidos abastos. Para su adjudicación el Concejo acordaba y daba a conocer el pliego de condiciones que se deberían cumplir en la prestación del servicio durante todo el año, escogiendo a quien realizase la mejor oferta. En definitiva, correspondía a la iniciativa particular la provisión de estos géneros, en un mercado que se desarrollaba libremente y en competencia, limitándose los ayuntamientos a cobra el canon y fianza correspondiente, como veremos, más ampliamente, en el documento del próximo mes.
Sin embargo, el negocio de la nieve presentaba características muy diferentes como hemos podido ver. En primer lugar, se puede considerar como un producto de lujo, absolutamente dependiente de la climatología y localizado en áreas muy concretas del territorio, lo que lo convierte en un bien escaso, valioso y, por tanto, tremendamente lucrativo. Estas cualidades hacen que nobles y reyes se fijen en él con la intención de explotarlo en régimen de monopolio, sin dar más licencias de explotación que las necesarias, las cuales suelen heredarse de generación en generación, y estableciendo un férreo control de la actividad que evite las transacciones clandestinas con la consiguiente pérdida de rentas e impuestos. Frente a los abastos, libres, abiertos y en competencia, es el mercado de la nieve un negocio hereditario, casi cual título, reducido a unos pocos, próximos, normalmente al poder y estancado.
NOTA A DESTACAR
En 1716, cuando los portugueses abandonan Alburquerque, tras 11 años de posesión, se aseguran de arruinar todo aquello de valor que no pueden llevarse consigo. El pozo lo es, por lo que, muy probablemente, corriese tal suerte. Seis décadas más tarde, tanto el ayuntamiento, en 1773, como la propia iglesia de San Mateo, en 1778, reconocían en los citados documentos que el pozo se encontraba arruinado desde tiempo inmemorial sin reportar beneficio alguno al común.
_________________
PORTADA: Montaje de José Narciso Robles de esta primera entrega de este trabajo de investigación cuyo título genérico es “Documentos del mes, otra ventana a nuestra historia”.
IMAGEN 1: Pozo de nieve.
IMAGEN 2: Documentos históricos referentes al Pozo de nieve de Alburquerque.
IMAGEN 3: Archivo Histórico Provincial de Badajoz. Escribano Vicente Pardo del Pilar. Año 1778. Caja 4838.
IMAGEN 4: Real y Supremo Consejo de Castilla.
IMAGEN 5:-Maravedíes.
Visitas: 28
