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Vadillo lleva 10 años incumpliendo la ley en los plenos

Las negativas de nuestro alcalde a responder a las preguntas de la oposición en los plenos no es nueva, como podemos leer arriba, en el subrayado de una noticia publicada en el año 2009. Esto mismo ocurrió entonces en diversas sesiones, pero en la que recogemos arriba, Ángel Vadillo, saltándose la Ley de Bases de Régimen Local, dijo simplemente que no contestaría a las preguntas planteadas en aquella sesión por los concejales populares, Jesús Lara y Ángel Rasero, mientras estos no rectificaran una acusación que le hicieron. Aquella noche, tras levantar la sesión, el alcalde se encerró en su despacho con los medios locales de comunicación y allí mismo respondió lo que le pareció, sin replica alguna. Algo que, como recoge la noticia, llevaba haciendo en varios plenos ordinarios.

Aquí queda demostrado que no es verdad que Vadillo levante las sesiones sin responder a Ipal o el PP porque Gutiérrez le interrumpa, sino sencillamente porque tiene muchas cosas que ocultar.

En los últimos años, nuestro alcalde ha levantado la sesión argumentando primero que le interrumpían y en, los últimos plenos, señalando que contestará a las preguntas en el siguiente, esto es dentro de dos meses.

Con esto, Vadillo está incumpliendo la Ley de Régimen Local, y debería advertírselo el secretario. Según esta ley, las preguntas formuladas por escrito con 24 horas de antelación serán contestadas en la misma sesión o, por causas debidamente motivadas, en la siguiente. Esto es, se podrán contestar en el pleno siguiente si existen causas motivadas y de manera excepcional, pero como vimos en el último, el celebrado en horario matutino el pasado día 31, el alcalde dijo simplemente que las respondería en la sesión de marzo, al igual que hizo en la de noviembre del año pasado.

Además, Vadillo, en el pleno de ese mismo día por la noche, expulsó del pleno a Gutiérrez, sin llamarle al orden, cuando, según la citada Ley, “tras tres llamadas al orden en la misma sesión, con advertencia en la segunda de las consecuencias de una tercera llamada, el alcalde podrá ordenarle que abandone el local en que se esté celebrando la reunión, adoptando las medidas que considere oportunas para hacer efectiva la expulsión”.

Además de no llamarle al orden ni advertirle de las consecuencias, porque lo mandó a marcharse directamente, cuando Gutiérrez no quiso irse argumentado que solo lo haría cuando se contestaran todas sus preguntas, el alcalde debió en todo caso llamar a la policía para que lo expulsaran, pero nunca marcharse él, como hizo, para no contestar.

Por tanto, Ángel Vadillo está saltándose, impunemente, la Ley.

 

Derecho a la información

Pero hay algo más y más grave, según el artículo 77 de la citada ley, los concejales tienen derecho a obtener del Alcalde los datos o informaciones que obren en poder de los servicios de la Corporación. Además, “los servicios administrativos locales estarán obligados a facilitar la información, sin necesidad de que el miembro de la Corporación acredite estar autorizado, cuando se trate del acceso de cualquier miembro de la Corporación a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados en el pleno”.

A modo de resumen, y siempre según consta en la Ley, “la información que se precise para la toma de postura respecto a un asunto sobre el que se deba decidir (votar) no precisa de autorización previa” y “la información que se precise para el ejercicio de la función de concejal requerirá solicitud previa, pero no cabe denegación.

Es decir que la información requerida por la oposición respecto a las obras, a los proyectos, al registro de entradas y salidas de documentos, a los presupuestos, a los contratos realizados por el ayuntamiento, a todo en general, el alcalde está obligado a facilitarlo. Y aquí llevamos años ocultándolo todo, e incumpliendo la Ley de Régimen Local.

La denegación infundada de información puede hacerse por la vía penal (artículo 542 del Código Penal), o un recurso contencioso-administrativo por el cauce especial de protección de derechos fundamentales, de tramitación más ágil que el ordinario.

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PORTADA: Foto del recorte del periódico donde aparece la negativa del alcalde a responder a las preguntas de la oposición ya en el año 2009.

FOTO 2: El alcalde, la interventora y el secretario, en el último pleno ordinario.